Rufino José Cuervo fue un destacado amante de las letras durante el siglo XIX, un filólogo con aprecio por la capital. Al morir, dejó 15 inmuebles, de los cuales algunos se han donado a la Biblioteca Nacional, una casa está arrendada precisamente por el Instituto Caro y cuervo, los demás bienes pertenecen al legado que…
Rufino José Cuervo fue un destacado amante de las letras durante el siglo XIX, un filólogo con aprecio por la capital.
Al morir, dejó 15 inmuebles, de los cuales algunos se han donado a la Biblioteca Nacional, una casa está arrendada precisamente por el Instituto Caro y cuervo, los demás bienes pertenecen al legado que dejó para repartir en los tipógrafos bogotanos.
Para dar cumplimiento con testamento de Rufino José Cuervo se busca obreros bogotanos de dicho oficio, que sean “reconocidamente honrados, pobres y padres cabeza de familia”, expresado como su voluntad.
El subdirector Administrativo y Financiero de la Secretaría de Integración Social, el Doctor Marco Antonio Machado, expresa que el legado corresponde a una suma de $19.095.150, producto del arrendamiento de este año del inmueble dejado por el señor Cuervo.
Así mismo comentó que este oficio en la población se ha ido desvaneciendo, son muy pocos los que quedan, todos son personas mayores y contados quienes aún poseen la técnica, moldes hechos a mano, impresiones manuales, entre otros. Eso ha dificultado escoger un digno heredero.
Cada año desde 1912, la Secretaría de Integración Social ha estado entregando a los tipógrafos bogotanos lo que el erudito les dejó. Dando cumplimiento al acuerdo Distrital 55 de 1991 del Concejo de Bogotá, “Por el cual se dispone la manera de cumplir una cláusula testamentaria”. Por ejemplo, el año pasado se presentaron 14 personas, todas mayores de 60 y 70 años quienes comprobaron tener dicho oficio.
De acuerdo a lo anterior, la Secretaría de Integración Social ha dispuesto una convocatoria pública para quienes cumplan con ciertas condiciones. Únicamente pueden participar personas con este oficio, personas de escasos recursos, adicional que sean de estrato 1 o 2, y que anteriormente no la hayan recibido. Las inscripciones son hasta las 10 am del próximo 08 de noviembre, en la carrera 7 # 32 – 16, en el piso 20, de la subdirección de Contratación. Las condiciones para participar pueden consultarse en http://www.integracionsocial.gov.co/index.php/noticias/115-convocatorias-sdis/3526-se-busca-topografo-para-que-reciba-la-herencia-de-rufino-jose-cuervo
Requisitos de la convocatoria
DOCUMENTOS
Carta de presentación de la postulación solicitud del legado
El participante deberá presentar la carta de presentación de la postulación, según modelo suministrado por la Secretaría de Integración Social en el FORMATO # 1 “Carta de presentación de la Postulación” y los requisitos establecidos en la presente convocatoria.
a) La carta de presentación de la postulación deberá ser firmada por el participante
El FORMATO #1 “Carta de presentación de la Postulación” adjunto a la presente convocatoria pública, es un modelo que contiene todas las declaraciones que debe realizar el participante. Por lo tanto, el interesado podrá transcribirlo u obtenerlo en medio magnético. En cualquier caso, la carta que presente el participante, deberá incluir todas las manifestaciones requeridas por la Secretaría.
b) Registro civil de nacimiento o partida de bautizo de la respectiva parroquia eclesiástica
Siendo éste el documento idóneo para probar la condición de bogotano de nacimiento, deberá adjuntar copia legible de la respectiva notaria del círculo de Bogotá. Cabe anotar que las presentes convocatorias sólo podrán participar ciudadanos nacidos en Bogotá. Cuando no se cuente con el citado documento se podrá acreditar la condición de bogotano de nacimiento mediante la copia de la partida de bautizo de la respectiva parroquia eclesiástica.
c) Fotocopia de cédula de ciudadanía
d) Copia de certificación bancaria donde certifique número y tipo de cuenta a su nombre radicada en la ciudad Bogotá.
Nota: La Secretaría Distrital de Integración Social verificará que no haya sido favorecido por este legado anteriormente.
Calidades de los participantes
Obrero tipógrafo
Los participantes en la presente convocatoria pública deberán acreditar la condición de obrero tipógrafo mediante los siguientes documentos:
Persona natural de escasos recursos
La Secretaría requiere que los participantes en la presente convocatoria acrediten la condición de persona de escasos recursos, para ello deberán aportar los siguientes documentos
Nota 1: Sólo podrán participar en la presente convocatoria las personas de estratos 1 y 2
Nota 2: Cuando se trate de personas pensionadas, deberán acreditar mediante certificación de la entidad que les otorgó la pensión, el valor de la misma, la cual no podrá superar 2 Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMLMV), para efectos de la presente convocatoria.
Nota 3: No serán válidas las certificaciones expedidas por la misma persona, ni los contratos verbales.
Nota 4: Toda la información allegada será objeto de verificación por parte de la entidad, sin perjuicio de las acciones que pueda incurrir por incongruencias en los documentos o con la realidad.
El incumplimiento de las calidades requeridas o la no presentación de los soportes requeridos generarán el RECHAZO de la postulación, de acuerdo con lo establecido en el legado del señor Rufino José Cuervo. Así mismo cualquier incongruencia con la documentación allegada o que no corresponda a la realidad.
Padre cabeza de familia
Los interesados en participar en la presente convocatoria deberán acreditar la condición de padre cabeza de familia, para ello deberá aportar los siguientes documentos:
• Registro civil de matrimonio o partida eclesiástica de matrimonio, en caso de tener sociedad conyugal vigente. Igualmente se aceptará el documento donde conste la conformación de la unión marital de hecho (declaración extrajuicio de la unión), en caso de existir. Dicho requisito no es necesario para aquellas personas que sean separadas o que estén a cargo de diferentes personas.
• Copia del Registro civil de nacimiento de todos los hijos (bien sean matrimoniales o extramatrimoniales).
• Declaración bajo gravedad de juramento en la que conste las personas que se encuentran a su cargo.
Por: Periodista Voluntario